jueves, 23 de junio de 2016

Una reflexión sencilla para pensar a manera de evaluación.


Definitivamente un Estado Social de Derecho es ante todo un estado democrático. Un tipo de Estado en el cual podemos afirmar que el desconocimiento por parte de los agentes de policía de la Declaración de los Derechos Humanos es una clara manera de debilitar el mismo. Un Estado en el cual es un gran error llegar a pensar que la corrupción por causa noble no es una forma de corrupción como tal, supuestamente porque el resultado es un beneficio para la comunidad. Un Estado en donde es claro además, que el abuso de autoridad por parte de un policía consiste en irrespetar al ciudadano extralimitándose en sus funciones. Por lo anterior uno de los criterios para no abusar de la fuerza consiste en que el policía debe considerar qué fuerza ha de aplicar en respuesta a la fuerza de una amenaza. Por el contrario todo policía debe obrar con prudencia y de acuerdo a los protocolos y a la ley, en justicia y equidad, lo que significa que no puede hacer excepciones en la aplicación de la ley dependiendo del tipo de persona ni del tipo de delito. El peligro de las excepciones en un estado de derecho corresponde a que los ciudadanos con el tiempo consideran que la aplicación de la ley depende del buen corazón del policía.

En las localidades de Bogotá existe un grave problema de delincuencia que viene de años atrás. Por ello cuando un policía llega a trabajar a una comunidad debe implementar un plan reactivo considerando además de muchos factores en particular la protección de los derechos humanos de los ciudadanos. De igual forma debe diseñar un plan de acción que involucre a la comunidad y a la policía para trabajar juntos e implementar un programa de legalidad que promocione el conocimiento de la ley, la importancia de su acatamiento y la obligación de colaborar con la justicia para reducir el delito en la zona.

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