Definitivamente un Estado Social
de Derecho es ante todo un estado democrático. Un tipo de Estado en el cual
podemos afirmar que el desconocimiento por parte de los agentes de policía de
la Declaración de los Derechos Humanos es una clara manera de debilitar el mismo.
Un Estado en el cual es un gran error llegar a pensar que la corrupción por
causa noble no es una forma de corrupción como tal, supuestamente porque el
resultado es un beneficio para la comunidad. Un Estado en donde es claro además,
que el abuso de autoridad por parte de un policía consiste en irrespetar al
ciudadano extralimitándose en sus funciones. Por lo anterior uno de los
criterios para no abusar de la fuerza consiste en que el policía debe considerar
qué fuerza ha de aplicar en respuesta a la fuerza de una amenaza. Por el
contrario todo policía debe obrar con prudencia y de acuerdo a los protocolos y
a la ley, en justicia y equidad, lo que significa que no puede hacer
excepciones en la aplicación de la ley dependiendo del tipo de persona ni del
tipo de delito. El peligro de las excepciones en un estado de derecho
corresponde a que los ciudadanos con el tiempo consideran que la aplicación de
la ley depende del buen corazón del policía.
En las localidades de Bogotá
existe un grave problema de delincuencia que viene de años atrás. Por ello
cuando un policía llega a trabajar a una comunidad debe implementar un plan
reactivo considerando además de muchos factores en particular la protección de
los derechos humanos de los ciudadanos. De igual forma debe diseñar un plan de
acción que involucre a la comunidad y a la policía para trabajar juntos e implementar
un programa de legalidad que promocione el conocimiento de la ley, la importancia
de su acatamiento y la obligación de colaborar con la justicia para reducir el
delito en la zona.
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